Decreto para nacionalizar ahorro pensional
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer el decreto con el que busca nacionalizar el ahorro pensional en Colombia.
Entre las novedades de la medida, se destaca que en un plazo máximo de cinco años se deberán bajar los fondos invertidos al 30%.
Dentro de los límites también se establece un plazo de tres años para que la reducción sea del 35%. Actualmente están en el 49%.
Según se menciona en el decreto, la medida cobija a todas las inversiones hechas por cada una de las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) por cuenta de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias del régimen de ahorro individual con solidaridad.
A esto se le suma que las AFP tendrán que remitir a la Superintendencia Financiera, «para efectos de su seguimiento y supervisión», un plan de ajuste con fines informativos, orientado a la implementación gradual de dicho límite y al cumplimiento de las reducciones.
«Dicho plan deberá contemplar, como mínimo, los criterios y medidas adoptadas para garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez de los recursos administrados, en el marco de las decisiones de inversión, así como los mecanismos de gestión integral de riesgos que resulten aplicables», menciona el articulado.
En el proyecto se menciona que, con la intención de facilitar el cumplimiento del límite global de inversión de activos en el eteror por parte de las AFP y «promover la canalización del ahorro pensional hacia proyectos de inversión públicos y/o privados en el territorio nacional», el Ministerio de Hacienda podrá promover la creación de un banco de proyectos de inversión con «enfoque productivo» a través de cualquiera de los activos admisibles del régimen de inversión de los fondos.
De igual manera, menciona que la cartera «podrá convocar y coordinar mesas interinstitucionales con la participación de las AFP, representantes del sector privado, y entidades públicas, con el propósito de articular esfuerzos, identificar oportunidades y facilitar la estructuración de nuevos proyectos de inversión en el territorio nacional con enfoque productivo, así como definir los vehículos financieros más adecuados para su canalización».
El articulado del Ministerio de Hacienda señala que, dado el caso en que las administradoras incumplan con los límites globales de inversión, deberán crear un documento técnico en el que soporten las razones por las cuales no lograron la meta establecida dentro del plazo establecido, en caso de que existan «razones objetivas».
«Este documento debe quedar a disposición de la Superintendencia Financiera de Colombia y demás autoridades competentes», se indica en el proyecto de decreto.
Fuente: PORTAFOLIO
