Presidencia recusó al magistrado Ibáñez

La Presidencia de la República presentó una recusación contra el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, en el marco del control constitucional que adelanta el alto tribunal sobre el decreto que declaró la emergencia económica.

La solicitud del Ejecutivo busca que el magistrado no participe en la discusión ni en las decisiones relacionadas con dicha norma, actualmente bajo análisis de la Corte.

Según el argumento expuesto por la Presidencia, la recusación se fundamenta en que el magistrado Ibáñez habría emitido un concepto previo sobre el decreto en una entrevista, lo que, a juicio del Gobierno, comprometería su imparcialidad dentro del proceso de revisión constitucional. La petición fue presentada ante la Corte para que sea evaluada conforme a los procedimientos establecidos.

Esta actuación se conoce en un contexto particular, pues en la mañana del miércoles 21 de enero se informó que el propio presidente del alto tribunal radicó una solicitud de medida cautelar sobre el decreto de emergencia económica mientras se adelanta el estudio de fondo por parte del tribunal.

De acuerdo con información conocida desde la Corte Constitucional, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar solicitó formalmente la suspensión provisional del decreto, una medida que no es habitual dentro de los procesos de control constitucional de este tipo. La iniciativa fue presentada directamente por el presidente del alto tribunal, pese a que no es el magistrado ponente del expediente.

El documento presentado por la Presidencia de la República fue suscrito por Augusto Alfonso Ocampo Camacho, secretario jurídico de la Presidencia de la República, que, según señala el oficio, actuó con fundamento en los artículos 25 a 31 del Decreto 2067 de 1991, norma que regula los trámites ante la Corte Constitucional.

La Presidencia sostiene que, aunque el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar no funge como ponente en el proceso, su condición de presidente de la Corte Constitucional y de integrante de la Sala Plena lo convierte en un decisor directo tanto de las cuestiones incidentales como del análisis de fondo del decreto de emergencia económica. Por esta razón, el Ejecutivo solicitó que se evalúe su permanencia en el estudio del expediente.

Como fundamento central de la recusación, el Gobierno citó una entrevista concedida por el magistrado Ibáñez a la periodista María Isabel Rueda, en la que se refirió a la posibilidad de decretar la suspensión provisional de normas con fuerza de ley dictadas en el marco de los estados de excepción. En dicho diálogo, el presidente de la Corte señaló que el tribunal debía “revisar la jurisprudencia y ampliarla” con el propósito de permitir la suspensión provisional de decretos expedidos durante un estado de emergencia, asunto que, según afirmó, debía ser resuelto “de manera inmediata” por la corporación.

Fuente: INFOBAE

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