Multan a Petro por no rectificar acusaciones
Una decisión del Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá determinó sancionar al presidente Gustavo Francisco Petro Urrego por desacato a una sentencia de tutela emitida el 11 de noviembre de 2025. La providencia concluye que el mandatario incumplió una orden judicial relacionada con la rectificación de una afirmación, lo que derivó en la imposición de una multa equivalente a quince salarios mínimos legales mensuales vigentes.
De acuerdo con el fallo, el desacato se configuró al no acatar la orden de rectificar una declaración en la que calificó como “bandido” a Jaime Miguel González Montaño, exgerente de Coosalud. Tras esa afirmación, el afectado acudió a la justicia para proteger su derecho al buen nombre, obteniendo una decisión que obligaba al presidente a corregir lo dicho.
El documento señala que la tutela fue resuelta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, instancia que ordenó la rectificación. Sin embargo, al no cumplirse en los términos establecidos, el juzgado concluyó que se incurrió en desacato, razón por la cual impuso la sanción económica como medida frente al incumplimiento.
Asimismo, la decisión precisa que la multa no exime de la obligación de restablecer los derechos vulnerados. En ese sentido, el juez mantendrá la competencia del caso hasta verificar que se cumpla plenamente la orden judicial o cesen las causas que originaron la vulneración.
En la parte resolutiva, el juzgado formaliza la declaración de desacato e indica que el proceso deberá remitirse al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para el trámite correspondiente. También advierte que, conforme a la normativa vigente, este tipo de sanciones tienen un carácter correctivo y pueden reiterarse si persiste el incumplimiento, por lo que el funcionario deberá acatar la orden o ejercer los mecanismos legales disponibles para controvertir la decisión.
Fuente: EL NUEVO SIGLO
