Corte tumba impuesto a generadoras de energía

La Corte Constitucional dio un golpe de autoridad en defensa de la seguridad jurídica del sector energético al declarar inexequible el Decreto Legislativo 44 del 21 de enero de 2026. Con una votación unánime de 8-0, la Sala Plena tumbó las cargas económicas que el Gobierno Nacional había impuesto a las empresas generadoras de energía para intentar salvar a comercializadoras intervenidas, como Air-e en la región Caribe.

La decisión, consignada en la Sentencia C-115 de 2026, es una consecuencia directa de la caída previa del Decreto 1390 de 2025, mediante el cual se había declarado la emergencia económica y social. Al ser declarado inconstitucional el decreto matriz (Sentencia C-075 de 2026), todas las normas derivadas, incluido este gravamen a las generadoras, perdieron su base jurídica.

El fallo tiene efectos retroactivos de gran impacto financiero:

  • Devolución de dinero: La DIAN dispone de un plazo máximo de seis meses para devolver o compensar el 2,5% de las utilidades antes de impuestos que las empresas pagaron bajo el concepto de contribución parafiscal.
  • Compensación por energía: Para las generadoras que entregaron energía en especie, la Corte ordenó un descuento tributario del 100% de su valor en el impuesto sobre la renta. Si el descuento supera el límite legal anual, podrá aplicarse en años siguientes.

Expertos y líderes de derecha han advertido que este tipo de medidas «a dedo» del Ejecutivo solo generaban incertidumbre. El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) deberá ahora certificar la energía entregada para que las empresas puedan hacer efectivos sus derechos fiscales, mientras el Gobierno se queda sin el flujo de caja con el que pretendía financiar las intervenciones en el sector eléctrico.

Fuente: EL NUEVO SIGLO

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