De la Espriella interpuso tutela ante la Corte Suprema

La campaña presidencial de Abelardo de la Espriella respondió jurídicamente a la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, que ordenó retirar de su propaganda electoral diversos elementos relacionados con símbolos nacionales y expresiones utilizadas por el movimiento político que lo respalda.

El abogado Germán Calderón España presentó una acción de tutela en representación del candidato presidencial, argumentando que la medida vulnera derechos fundamentales relacionados con la participación política, la libertad de expresión, la igualdad y el debido proceso.

La acción fue interpuesta ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia contra la Sala Segunda de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, cuyo magistrado ponente fue Rafael Albeiro Chavarro Poveda. Según el documento, la defensa considera que la decisión judicial constituye una afectación directa a las garantías constitucionales del candidato cuando faltan pocos días para la segunda vuelta presidencial prevista para el 21 de junio.

En el escrito radicado ante la Corte Suprema, la defensa de De la Espriella sostiene que la medida cautelar adoptada por el tribunal carece de proporcionalidad y afecta derechos fundamentales protegidos por la Constitución.

El abogado afirma que la decisión implica restricciones sobre “las libertades democráticas y políticas elementales de nuestro ordenamiento constitucional” y señala que el retiro de la publicidad electoral representa una afectación significativa para la campaña en una etapa decisiva del proceso electoral.

Dentro de los argumentos expuestos, Calderón España sostiene que la tutela cumple con los requisitos de procedencia porque fue presentada el mismo día en que la campaña conoció formalmente la decisión judicial y porque, a su juicio, no existe otro mecanismo eficaz que permita obtener una protección inmediata de los derechos invocados antes de la segunda vuelta presidencial.

La defensa también cuestiona los fundamentos utilizados para decretar las medidas provisionales. En el documento se afirma que no existía una apariencia suficiente de vulneración de derechos que justificara una decisión urgente y que tampoco se acreditaba un riesgo inminente que hiciera necesaria la adopción inmediata de las restricciones ordenadas.

Además, el apoderado sostiene que la medida resulta desproporcionada frente a derechos como el debido proceso, la participación democrática, la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de expresión. “La simple verificación de que la medida ordena el desmonte de toda la publicidad electoral, digital y física del candidato cuando faltan menos de dos semanas para la segunda vuelta presidencial muestra el gravísimo y antidemocrático perjuicio que se puede generar para mi prohijado y para los millones de colombianos que adhieren su proyecto político”, señala uno de los apartes de la tutela.

Fuente: INFOBAE

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