agosto 23, 2026

Corte tumbó emergencia económica de 2025

La mayoría de la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió: la emergencia económica decretada por el gobierno del presidente Gustavo Petro en diciembre de 2025 se hundió en el máximo tribunal constitucional.

La decisión de inexequibilidad del alto tribunal se tomó con una votación 6-2, la misma que permitió la suspensión de los efectos del decreto presidencial, hace algunos meses.

Solo se opusieron los magistrados Vladimir Fernández y Héctor Carvajal. La emergencia económica que la administración de Gustavo Petro decretó a finales de 2025 no se ajusta a la Constitución.

El debate convirtió la división del plenario en un consenso que tumbó del todo al Decreto 1390 de 2025, casi tres meses después de su inédita suspensión provisional.

El magistrado Carlos Camargo, ponente del caso, pedía la inexequibilidad de la norma. La Procuraduría y la Defensoría del Pueblo también, aunque solicitaban rescatar ciertos recursos para el sector salud.

La administración de Petro pidió anular el Auto 082 de 2026, que pausó la emergencia en enero pero que, luego de las firmas y los trámites internos, la Corte Constitucional apenas reveló en marzo.

La Sala Plena suspendió el 29 de enero el estado de excepción, con seis votos a favor y apenas dos en contra.

El alto tribunal trazó un antecedente clave de cara a futuras emergencias y acogió una ponencia de Carlos Camargo, Juan Carlos Cortés, Lina Escobar, Natalia Ángel, Paola Meneses y Miguel Polo.

La corporación fue más allá del proyecto original de auto que Camargo radicó y que, en todo caso, pedía suspender hasta una decisión de fondo.

Precisamente, la suspensión acaparó buena parte del laberinto que encontró su salida. Si bien la Sala exploró las razones de gremios, sectores políticos y los propios togados para derrumbar el Decreto 1390, los alcances de las facultades de imponer medidas provisionales en la Corte provocaron varias riñas.

La Sala concluyó en enero que prima facie —una locución latina que significa «a primera vista»— el estado de excepción causaba daños irreparables y no encajaba en la Carta. Esa base permaneció hasta la sentencia, aún desconocida. El Ejecutivo, por su parte, aseguró que la cautela “vulneró el principio de legalidad”.

Fuente: La FM

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