Colombia contará con registro de guaduales y bambusales
Los guaduales y bambusales son ecosistemas de bambú nativo que protegen el suelo, regulan el agua y albergan biodiversidad. Colombia creó un registro voluntario para promover su conservación y manejo sostenible.
El ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la resolución que reglamenta el artículo 4 de la Ley 2206 de 2022 y establece el procedimiento para registrar los guaduales y bambusales naturales Categoría 1, ecosistemas que crecen de manera espontánea y cumplen funciones fundamentales para la protección del agua, los suelos y la biodiversidad del país.
La nueva reglamentación crea un registro gratuito y voluntario que permitirá identificar, conservar y gestionar de manera sostenible estos ecosistemas estratégicos, sin impedir su manejo y aprovechamiento conforme a la normatividad vigente.
Los guaduales y bambusales naturales cumplen un papel fundamental en la regulación del recurso hídrico, la protección de los suelos, la conservación de la biodiversidad y los procesos de restauración ecológica. La resolución reconoce una protección especial para aquellos ubicados en franjas de mínimo 30 metros a cada lado de ríos, quebradas y arroyos, así como para los que se encuentran dentro de los 100 metros alrededor de nacimientos y afloramientos de agua.
La nueva reglamentación establece un registro nacional y en línea, que se realizará a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales (Vital). El trámite permitirá incorporar estos ecosistemas al registro nacional y fortalecer su gestión sostenible, sin generar costos para los interesados ni para las visitas técnicas o actividades de seguimiento que adelanten las autoridades ambientales competentes.
Podrán adelantar el registro propietarios de predios, ocupantes de baldíos, organizaciones campesinas, consejos comunitarios, resguardos indígenas y demás interesados que acrediten su representación o tenencia, según corresponda. Para ello, deberán suministrar la ubicación geográfica del guadual o bambusal y la documentación requerida para cada caso.
Para las categorías 2 y 3, la Ley 2206 de 2022 mantiene las reglas de registro aplicables para efectos del manejo sostenible de la guadua y el bambú:
Categoría 2: los guaduales y bambusales plantados con carácter protector y protector-productor deberán registrarse ante la autoridad ambiental competente, de acuerdo con el Decreto 1532 de 2019 y demás normas que lo modifiquen, sustituyan o deroguen.
Categoría 3: los guaduales y bambusales plantados con carácter productor serán registrados ante el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), de acuerdo con la reglamentación expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
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Con la expedición de esta resolución, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible fortalece los instrumentos para la gestión sostenible del patrimonio natural del país e impulsa la conservación de ecosistemas estratégicos que contribuyen a la seguridad hídrica, la protección de la biodiversidad y el bienestar de las comunidades.
