Corte Constitucional avala parcialmente la reforma pensional
La Corte Constitucional de Colombia declaró la exequibilidad de la Ley 2381 de 2024 o reforma pensional en lo referente a los vicios de procedimiento examinados, tras analizar si la plenaria de la Cámara de Representantes subsanó los defectos señalados en el Auto 841 de 2025 durante el trámite de la reforma pensional.
Según el documento oficial, la Corte avaló la constitucionalidad de la mayoría de los artículos de la ley que establece el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común.
No obstante, la Sala Plena devolvió a la Cámara de Representantes varios apartados y proposiciones específicas para que se adelante el trámite de subsanación correspondiente.
La Sala Plena declaró la exequibilidad, exclusivamente por los vicios de procedimiento revisados, de la mayoría de los artículos de la Ley 2381 de 2024. Entre los apartados avalados se encuentran:
Artículos 1 al 10.
Incisos 1º, 2º y 3º del artículo 11.
Artículos 12 al 19, con excepción del literal (k).
Artículos 20 al 23, salvo el parágrafo transitorio.
Artículos del 24 al 35.
Artículos del 37 al 63, excepto el inciso 2º; del 64 al 84, salvo el numeral 5º.
Artículos del 85 al 92, salvo el inciso 1º.
Artículo 95.
Todos estos hacen parte del régimen orientado a regular el sistema de protección social integral en Colombia.
Fuente: INFOBAE
