Decretos que reglamentan conmoción interior

El Gobierno Nacional emitió este 30 de enero una serie de decretos enfocados en ser la base jurídica para la declaratoria del estado de conmoción interior a raíz de la escalada de violencia en la región del Catatumbo.

Vale la pena mencionar que esta situación de orden público se debe al fuego cruzado entre las disidencias de las Farc y la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN), lo que ha generado una grave crisis humanitaria en el departamento de Norte de Santander.

El Gobierno Nacional ya emitió un total de tres decretos, los cuales tienen un claro enfoque en el agro y en la propiedad de la tierra en este territorio.

El primero de estos es el decreto 106, con el cual se adoptan medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos con financiamiento, crédito y alivio de pasivos en el sector agropecuario en la región.

Según se menciona, con este se reglamentan métodos enfocados en «mitigar los efectos del desplazamiento, desarraigo y la desvinculación de los medios de vida con ocasión del conflicto armado, así como facilitar el retorno, la estabilización y la generación de ingresos de las y los campesinos, pequeños y medianos productores, y sus formas organizativas afectados por la situación de orden público».

Así mismo, salió el decreto 107, con el cual se adoptan medidas de protección de zonas agrícolas, cadenas productivas y de suministro, sistemas agroalimentarios, y generación de condiciones de estabilidad y restablecimiento del abastecimiento y la garantía del derecho humano a la alimentación.

En este, se ordena adoptar medidas para la protección, el restablecimiento y estabilización de las actividades agropecuarias, «las zonas agrícolas y ganaderas, sistemas de riego, la restauración y conservación de sistemas agroalimentarios, cadenas productivas y de suministro, el abastecimiento alimentario y la garantía del derecho humano a la alimentación adecuada afectadas por la grave perturbación en las entidades territoriales».

Sin embargo, uno de los decretos que está asociado a la expropiación causó polémica. El texto compartido por el Gobierno liderado por el presidente Petro, faculta al Estado a adquirir predios abandonados para facilitar la entrega de tierras a las víctimas del conflicto armado. Las disposiciones tienen como objetivo mitigar los efectos derivados de la situación de orden público respecto de la titularidad, tenencia y ocupación de bienes de campesinas y campesinos, pequeños y medianos productores.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas llevará un registro de los predios rurales abandonados por la violencia individual o masiva, o que se encuentren en confinamiento, o en favor de aquella población en riesgo inminente de desplazamiento forzado.

En cuanto al proceso, el Gobierno explicó que la entidad encargada establecerá comunicación con los propietarios de las tierras para informar las intenciones del Estado de adquirir dichos territorios, por lo que está en manos de los dueños decidir que se transfiera su propiedad a las arcas del país.

“La Unidad registrará, individual o colectivamente, a los propietarios, poseedores y ocupantes y la relación Jurídica con el predio e informará a las autoridades competentes para que procedan a impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes, cuando tal acción se adelante contra la voluntad de los titulares de los derechos respectivos, así como la inscripción de la medida preventiva y publicitaria frente a los poseedores y ocupantes”, puntualizó el documento.

A este se le suma el decreto 116, por el cual se adoptan medidas en materia ambiental y desarrollo sostenible en el marco de la declaratoria del estado conmoción interior en el Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar.

Esta busca, entre otras cosas, Suspender el trámite de otorgamiento de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones que se encuentren en curso o para nuevos proyectos, obras o actividades en los municipios de este territorio.

En el decreto 118 se adoptan medidas extraordinarias en materia de control operacional de la
Fuerza Pública, en el marco del estado de conmoción interior en la región.

Aquí, se reglamenta el nombramiento de un comandante militar para que, bajo ¿instrucciones del Presidente, ejerza el control operacional sobre los efectivos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, durante la vigencia del estado de conmoción interior en el Catatumbo.

Por otra parte, el decreto 121, en el cual se adoptan medidas en materia de agua, saneamiento básico y vivienda.

Este define las medidas excepcionales y urgentes que buscan garantizar el acceso al agua, saneamiento básico y vivienda a las personas que se han visto afectadas o llegaren a estarlo por causa de los hechos ocurridos en la región

Fuente: EL NUEVO SIGLO – INFOBAE

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